NOTARIOS DE

MAGALLANES 1882

NOTARIOS DE MAGALLANES 1882. CHILE

Como hemos visto ciertas discusiones si la firma de Luis Piedra Buena o Piedrabuena (todo junto) encontramos este documento donde está bien claro la Grafía de LUIS PIEDRA BUENA.

 

Tomo 9, Protocolo 32

Otorgantes: PIEDRA BUENA, Luis a MEIDELL, Francisco H. como apoderado de ETCHART, Domingo

Naturaleza del contrato: Declaración, Compra-venta

Fecha: 2 de mayo de 1882 (venta original del mes de Julio de 1874)

/f.31v/ En Punta Arenas de Magallanes a dos de Mayo de mil ochocientos ochenta i dos ante mi el notario i testigos compareció Don Luis Piedra Buena, mayor de edad, Jefe de la Armada de la República Arjentina y accidentalmente en esta Colonia a quien doi fe conozco i espuso: que viene en declarar por el presente instrumento que la manzana marcada en el plano urbano /f.32/ de esta Colonia con el número sesenta i cinco ubicada entre las calles que le sirven de límites i que son por el Norte la de Coquimbo, por el Oeste la de Ñuble, por el Sur la de Colchagua i por el Este la de la República, sobre cada una de las cuales mide cien metros de frente. Así deslindado i con una casa de madera en el estado en que se encontraba i con todas sus derechos, usos, costumbres i servidumbres i libre de todo gravamen la dio en venta a Don Domingo Etchart domiciliado en la ciudad de Buenos Aires en la suma de tres mil ochocientos pesos fuertes chilenos i en la forma i condiciones que espresa el Testimonio de una escritura de declaratoria otorgada por el vendedor a favor del comprador que es del tenor siguiente:=

En la ciudad de Buenos Aires a quince de Noviembre de mil ochocientos setenta y ocho. Ante mi el Escribano y testigos que suscriben, comparecieron: por una parte Don Luis Piedra Buena, teniente coronel de la Armada Nacional, en servicio activo y accidentalmente en esta capital, de estado viudo; y por la otra Don Domingo Etchart, casado, que vive en la calle de Cuyo número cinco, ambos mayores de edad, personas hábiles para contratar, a los que doy fe conozco, y dijo el primero:

Que en el mes de Julio de mil ochocientos setenta y cuatro, por escritura que pasó ante el Subdelegado de la Colonia Punta Arenas de Magallanes, Don José Domingo Guerrero, vendió al Señor Etchart, que fue representado en ese acto por Don José Menéndez, una casa de su propiedad situada en dicha Colonia, en la calle de Coquimbo, con el terreno que le pertenece, el cual consta de una manzana que se distingue en el plano urbano de la misma, con el número cincuenta y ocho, y /f.32v/ tiene por linderos actualmente, al Sud Oeste, Don José Nogueira, al Nord Este Don N. [ilegible], al Sud Este la mar; y al Nord Oeste Don Vital Díaz; todo calles por medio:-

Que ese bien raíz le correspondía al esponente en esta forma: el edificio y demás que entonces contenía, por haberlo hecho construir a su consta [sic – cuenta], según dice ser de notoriedad; y el terreno por donación que le hizo el Subdelegado Don Joaquín Gómez, autorizado debidamente por el Gobernador de Magallanes, que lo era en esa época Don Oscar Biel [sic – Viel]:-

Que la venta se verificó por la suma de tres mil ochocientos pesos fuertes chilenos, que se integró de este modo: un mil doscientos cinco pesos que le abonó de contado Don José Menéndez, representante del Señor Etchart; y dos mil quinientos noventa y cinco pesos, importe de un gravamen que reconocía la finca vendida a favor de Don Ernesto Rouquaud, cuya obligación tomó a su cargo el comprador quedando de esta manera desligado completamente el otorgante Señor Piedra Buena, de toda responsabilidad ulterior para con el citado Rouquaud:-

Que de la referida escritura se le espidió un testimonio en forma al apoderado Menéndez, el cual, juntamente con los demás documentos de este Señor, así como los que formaban el archivo jeneral de la Colonia fueron destruidos por el fuego en el motín y sublevación ocurrido en aquella localidad el día doce de Noviembre de mil ochocientos setenta y siete, según lo manifiesta el Señor Etchart:-

Que en este estado y accediendo a la solicitud que le ha hecho el Señor Etchart, para que constatase /f.33/ los acontecimientos aquí referidos cerciorado de la legalidad de su reclamo, al tenor de la presente otorga y declara –

Que se ratifica en la venta del bien raíz relacionado, del cual se halla, en posesión el Señor Etchart, como único y esclusivo dueño que lo es de esa propiedad; en cuya virtud, para resguardo de sus derechos, hace esta manifestación y consiente se le de testimonio para los usos que le convengan. Previa lectura en que se ratifican lo firman siendo testigos Don Juan Richmond y Don Benigno Lanotelly, vecinos, mayores de edad, doy fe…

*** Siguen copias de los documentos protocolizados en los Ministerios de RR.EE. de Chile y Argentina, incluyendo un poder general de Etchart a Meidell. ***

/f.35/ … En consecuencia el vendedor Don Luis Piedra Buena faculta al apoderado Sr. Meidell de Don Domingo Etchart para pedir i firmar esta inscripción en el Conservador por si solo. Así lo otorgaron i firmaron siendo testigos Don Juan Hurtado i Don Eduardo Petry [sic – Petri] de que doi fe.

(firmado) F H Meidell

(firmado) Luis Piedra Buena

Tgº (firmado) J. A. Hurtado

Tgº (firmado) E. Petri

Ante mi

(firmado) Silvestre Chaves, E. P. i Cr.